viernes, 8 de junio de 2012

Instituciones y recomendaciones

Laura Pérez Ortiz – Augusto Plató 

En el proceso de coordinación de la gobernanza económica de la Unión Europea, la Comisión acaba de publicar las recomendaciones que, sobre los documentos enviados por España, tiene que hacer a nuestro gobierno. Este proceso de gobernanza económica se enmarca en el refuerzo de la coordinación de las políticas económicas (proceso ya existente antes de la crisis y que se ha ido reforzando en determinados aspectos en este tiempo), para evitar, precisamente, situaciones como la que sufrimos actualmente. 
El eje que marca la dirección de las recomendaciones es la Estrategia Europa 2020 (adoptada en marzo de 2010), cuyos objetivos fundamentales se basan en el empleo y el crecimiento. Esta estrategia, reforzada un año después con el Pacto por el Euro Plus, con el fin de mejorar las condiciones de competitividad de la economía europea, basa su seguimiento en un proceso que se repite cada año, que incluye una Encuesta Anual sobre Crecimiento y un procedimiento denominado Semestre Europeo. 

En la Encuesta Anual es donde se definen los retos económicos y las principales prioridades y se plantean las necesidades que cada Estado Miembro debe atender. Es entonces cuando, al comienzo del Semestre Europeo, cada Estado Miembro envía su Programa Nacional de Reformas (donde se incluyen las políticas económicas que cada país plantea para atender las prioridades y orientaciones estratégicas que permitirán alcanzar los objetivos a largo plazo de la Estrategia Europa 2020) y su Programa de Convergencia (en caso de no pertenecer a la zona €) o de Estabilidad, para cumplir con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (que afecta a todos los países de la UE). 



A partir de estos programas, es decir, de la política económica que cada país pretende llevar a cabo dentro de este marco de coordinación y con el objetivo de cumplir con la Estrategia Europa 2020, la Comisión emite sus recomendaciones y, con ellas, el gobierno en cuestión presenta sus Presupuestos Generales (verdadero instrumento de política económica). Al mismo tiempo, la Comisión presenta un análisis en profundidad relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos de cada país. 

Las recomendaciones y análisis que este año ha planteado la Comisión al Gobierno de España tienen algunos aspectos reseñables. 

Por un lado, y bien doloroso, es que la Comisión pone en duda las previsiones que el gobierno de España presentó en estos programas. Según la Comisión, la recesión será más profunda y prolongada de lo que el Gobierno estima. 

Por otro, la sensación inicial es que la política que se plantea no es suficiente para alcanzar los objetivos: se queda corta. 

Centrándonos en el mercado de trabajo, las objeciones que la Comisión señala a las medidas implementadas, o por implementar, son: 
  • Duda de la constitucionalidad de determinados aspectos de la reforma laboral (el periodo de prueba de un año en el contrato de emprendedores) 
  • Sigue viendo insuficiente la reforma de la negociación colectiva, pues ha de buscarse una mayor facilidad para que las empresas puedan descolgarse de los convenios y adaptarse más rápidamente a las condiciones cambiantes (descentralizar aún más) 
  • Considera que es necesario desligar el crecimiento de los salarios de la evolución de la inflación y aproximarlo más aún al de la productividad (para lo que alaba el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva firmado en las semanas previas a la aprobación de la reforma laboral) 

En definitiva, según la Comisión, la reforma del mercado de trabajo pudiera tener efectos positivos sobre el mismo a medio y largo plazo, aunque insuficientes, pero negativos en el corto plazo: una mayor destrucción de empleo y un previsible aumento de la precariedad gracias a la sustitución de contratos temporales ya sea por los nuevos contratos de emprendedores (con periodo de prueba de un año, es decir, sin ningún tipo de indemnización si se rompe el contrato en ese periodo) o ya sea por los nuevos contratos de formación (que pueden sucederse en el tiempo sin que a su finalización haya tampoco ninguna indemnización). 

Hasta aquí, nada nuevo bajo el sol, salvo la insistencia de la Comisión en las bondades de la descentralización de la negociación colectiva, cuestión no resuelta en el ámbito teórico (numerosos documentos abogan más por el concepto de coordinación que de centralización al hablar de la estructura de la negociación colectiva, tal y como señalan en otros escritos de la propia Comisión) ni en el empírico (numerosos estudios presentan mejores resultados macroeconómicos cuando los sistemas de negociación colectiva están más centralizados y/o coordinados, que cuando están muy descentralizados y/o descoordinados: una revisión interesante se recoge en Aidt y Tzannatos o en la propia Comisión, de nuevo, en el Informe “Industrial Relations in Europe, 2006”).

Pero quizá lo más grave sea la manera en que la propia Comisión se desprestigia, al utilizar como bibliografía base un documento de Goldman Sachs (véase el “Examen exhaustivo a España”) aquel organismo implicado directamente en el estallido de la crisis financiera internacional (¿quién no ha visto Inside Jobs?). ¿Qué técnicos hay en la Comisión para tener en cuenta una visión tan parcial de la realidad? ¿Por qué no se amplía el abanico de análisis y se utilizan incluso los propios documentos de la Comisión? 

En este sentido, parece que es la Comisión una de las instituciones que va perdiendo fuelle, como tantas otras no solo en el ámbito europeo sino también en los nacionales. Da la sensación de que esa es la estrategia: destruir el marco institucional. Nos recuerda Vidal-Folch la importancia que, en el nacimiento del euro, se le dio a la independencia de los Bancos Centrales como instituciones que supervisaran no solo el proceso de formación del euro, sino de supervisión de las instituciones financieras y de control e implementación de la política monetaria. 
Esa importancia se ha olvidado, como se ha olvidado también el papel fundamental de los sindicatos y de la negociación colectiva en el marco de las relaciones laborales. Sin un cuerpo institucional fuerte, que no dependa de las personas que en un momento determinado puedan representarlo, sino del concepto propio de institución, que permanece, que defiende unos objetivos comunes, colectivos, ya sea en el ámbito laboral o en el más general de una economía o la Unión, monetaria o Europea, estamos al albur de las decisiones personales o de los grupos de presión. Y eso es lo que está sucediendo, y si no, que se lo digan a Grecia. Del objetivo equivocado de la política económica ya se ha dicho mucho (sólo por citar algunos, Laura Tyson y Ha-Joon Chang), pero de la destrucción de la fortaleza institucional, incluso desde dentro, como se ve en la Comisión Europea, todavía queda mucho que decir.

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