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viernes, 29 de agosto de 2014

Luchar contra el fraude fiscal, combatir la economía sumergida

Domingo Carbajo Vasco y Santos M. Ruesga, artículo publicado en El Confidencial

El Gobierno ha presentado los detalles de su Reforma Fiscal el día 23 de junio de 2014, expresados, normativamente hablando, en cuatro Anteproyectos de Ley. Tiempo habrá para comentar el contenido de la misma y su impacto en los principios tributarios que nuestra Constitución exige: generalidad, equidad, progresividad; pero importa desde el principio señalar que, salvo algunos toques de atención en el Anteproyecto de Ley de reforma de la norma básica de nuestro Ordenamiento Tributaria, la Ley General Tributaria, no se observa en su contenido ningún Plan Integral contra el Fraude Fiscal, ningún elenco de medidas coordinado, complejo y con visión a largo plazo que trate de cumplir el principio y el fin fundamental de todo sistema tributario: la generalidad, es decir, que todos paguen.

Y no será por falta de propuestas, pues la propia Organización de Inspectores de Hacienda del Estado acaba de ofrecer a la opinión pública un conjunto de 238 medidas destinadas a luchar contra el fraude fiscal y, aunque alguna de ellas, como el supuesto del “listado de morosos”, ha encontrado hueco en el Anteproyecto de Ley, no parece que la finalidad esencial de la Reforma sea atender al principio básico.

Sin embargo, si por algo se caracteriza el sistema tributario español es por su creciente ineficiencia en algo tan elemental como cubrir las previsiones de ingresos públicos y, a pesar de las subidas de tipos y la reducción de algunos incentivos fiscales en los años 2011-2013, lo cierto es que los datos de la OCDE sobre presión fiscal revelan que España ha visto disminuir la misma en más de cuatro puntos sobre el PIB desde el período 2007.

Analizar las causas que han llevado a tal fenómeno, debería haber sido, como hemos propuesto en un libro recientemente publicado, la razón esencial de la Reforma Fiscal, especialmente, si como predica el propio Gobierno, la sostenibilidad de las Finanzas Públicas y la reducción del déficit público siguen siendo los mantras de nuestra Política Fiscal.

Pues bien, entre las precitadas causas, nadie duda de que la persistencia del fraude fiscal sigue impidiendo el logro de los recursos necesarios para atender al Estado Social, Democrático y de Derecho que nuestra Carta Magna propugna, en su artículo 1.1, como fin esencial de nuestra sociedad y de nuestras instituciones públicas.

El fraude fiscal resulta ser un concepto proteico, lábil, modelable y crecientemente internacional, arduo de definir y cuantificar, pero cuya existencia supone un ataque directo a la economía social de mercado y sin cuya reducción, la propia finalidad última de la Reforma (Gobierno dixit): reducir las cargas tributarias de las familias y de las empresas para relanzar la economía española, sin que se ponga en duda la reducción del déficit público, supondría obtener la cuadratura del círculo, objetivo imposible, como cualquier alumno de Primaria conoce.

Además, el fraude fiscal hace frontera y se alimenta con otros fenómenos socio-económicos complejos que generan importantes deseconomías externas en nuestra sociedad, supuestos de las llamadas “economía ilegal” y “economía subterránea” o, tal y como las cita de manera genérica la OCDE, sectores de la “economía no observada”, cuya inclusión en la Contabilidad Nacional está prevista para octubre de este ejercicio.

Aunque las delimitaciones y los conceptos son variados e imprecisos, conviene diferenciar entre “economía ilegal”, “economía sumergida” y “fraude fiscal” en cualquiera de sus formas, pero también es adecuado tener en cuenta las relaciones y aspectos comunes de estos fenómenos desde una visión amplia, integrada y plural, tal y como propone, y apoyamos, el Informe mencionado de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado.

Lo que resulta evidente, es, por un lado, su importancia económica y, por otra parte, su íntima relación con la evasión tributaria, pues muchas de las rentas y consumos generados en estas “zonas negras” de la economía no son declarados al Fisco y, por otro lado, contienen un claro carácter antisocial y una falta de transparencia, inaceptables en una sociedad de mercado moderna. 

Es más, la lucha contra el fraude fiscal no puede permanecer al margen de su estudio y del planteamiento de qué medidas ejecutar para hacer frente a estos fenómenos, tanto por la superposición entre actividades ilícitas, actividades sumergidas y actividad tributariamente ocultada como por la posibilidad de usar la normativa, los procedimientos de aplicación de los tributos, los funcionarios al servicio de la Administración Tributaria (ahí está el caso del Servicio de Vigilancia Aduanera, esencial en la lucha contra el narcotráfico y el contrabando, por poner un ejemplo) para reprimir estas actividades.

Sin embargo, la “represión” no puede, ni debe, ni tiene porqué ser el arma única para luchar contra estos fenómenos socio-económicos. La experiencia nacional e internacional demuestra que estas actividades antisociales y punibles no se solucionan exclusivamente mediante medios policiales; es más, el contexto y la opinión pública cambian al respecto de la propia persecución o la consideración delictiva de estas conductas, siendo el ejemplo de la visión que se tiene acerca de la naturaleza de la prostitución o el consumo de drogas un buen ejemplo en este terreno.

Por ello, plantearse ante la economía sumergida medidas como el impulso a los pagos electrónicos, reduciendo fuertemente sus costes de transacción e incrementando el coste del uso del dinero en efectivo (que lo tiene y, desgraciadamente, suele permanecer oculto para la sociedad), eliminando el nutriente básico de la economía sumergida, que es el pago en efectivo, son más importantes y más efectivas que una visión “policial”, de crimen y castigo, que genera importantes costes de ajuste y de transacción.

Y, sin embargo, el decreto-ley 8/2014 de medidas urgentes para el crecimiento y la competitividad anticipa y amplia para España el proyecto legislativo europeo que limita las tasas de intercambio de las tarjetas de débito y crédito, cuando la experiencia internacional de este tipo de medidas lleva a los bancos a compensar esa reducción de ingresos con todavía mayores subidas de otro tipo de comisiones que pagan los consumidores. Esto siempre induce a un menor uso de estos medios trazables y a un mayor uso de efectivo, fuente de las economías ocultas e ilegales, que en Europa y España son mayores que en los EEUU porque entre nosotros el uso de pagos electrónicos es menor, según el estudio realizado en 58 países por Moodys el 2013.

Pese a esa desventaja competitiva, el efecto de dichos proyectos sería equivalente a incrementar el coste de las comisiones más de un tercio en España, y para el conjunto de Europa por encima del 45% las tarjetas de débito y del 15% las de crédito. Así lo indican las simulaciones de las cuentas de pérdidas y ganancias de todo el sector europeo que preparan nuestros colegas, los profesores Pascual Fernández (URJC) y Gustavo Matías (UAM). Además, ese proyecto legislativo en Europa se ejecutaría en 5 años y en España de golpe, por lo que el daño en los consumidores, la economía sumergía y la recaudación fiscal sería más acentuado que en el resto de Europa, lo mismo que otros efectos negativos en la innovación y la competencia -ya que deja fuera de los topes y favorece así a tarjetas como American Express o Dinners, que son más caras-.

martes, 29 de octubre de 2013

España, el país del sur europeo con mayor economía oculta y fraude fiscal

España es el país del sur de Europa con mayor economía sumergida y pérdida de recaudación fiscal, la más grande desde que empezó la actual crisis. Así lo revela un estudio realizado por el inspector de Hacienda Domingo Carbajo y el catedrático de economía aplicada Santos Ruesga, quienes estiman la economía no declarada este año en el 28,7% del PIB español. Para evitar las pérdidas de recaudación fiscal (próximas al 8% del PIB, unos 80.000 millones de euros anuales), proponen medidas menos represivas y más proactivas (recogidas anteriormente en este blog), como suprimir los billetes de 500 y 200 euros y promover incentivos a los pagos electrónicos evitando regulaciones europeas cuya experiencia previa en España ha sido negativa.

El estudio repasa una treintena de estimaciones de economía sumergida e indica que, como media, en los europeos, cada punto de economía sumergida reduce la recaudación fiscal 0,35 puntos. Dice que la metodología estimativa más en boga parte del análisis de la circulación monetaria, porque las transacciones se realizan mediante pagos en efectivo. Esos métodos la sitúan en el entorno del 18% del PIB europeo, aunque en los países del Sur se aproxime al 25% y España es el país de mayor crecimiento (un 6,3% anual desde el año 2003).

Foto: Nacho Pérez

jueves, 23 de mayo de 2013

Reducir la "economía sumergida" mediante la modernización económica

Domingo Carbajo Vasco y Santos M. Ruesga

Ante el dramatismo de las cifras del desempleo en España: más de 6.200.000 personas, surge, inmediatamente, la pregunta de por qué con esta situación tan explosiva en términos de exclusión social, no se producen en nuestra patria fenómenos de revueltas colectivas y la respuesta suele centrarse en dos ejes: la red de protección que supone la familia y la economía sumergida. 

Los datos sobre la relevancia de la “economía sumergida” en España parecen avalar tal respuesta y la inmensa mayoría de los estudios publicados al respecto (Funcas, 2007; Santos Ruesga, 2003 y 2012; CES, 2012) sitúan el volumen de la misma en una cifra cercana al 25% del PIB, coeficiente que, además, se habría incrementado como consecuencia de la crisis económica, aunque en nuestro país se habría situado siempre en el entorno del 19/20% del PIB. 

Sin embargo, no podemos aceptar que la “economía sumergida” sea la válvula de escape en momentos de depresión y pérdida de puestos de trabajo, pues el modelo laboral que conlleva: empleo irregular, explotación de la mano de obra, salarios inferiores al salario mínimo interprofesional, etc., es incompatible con el Estado Social que proclama nuestra Constitución y, además, conlleva un modelo productivo totalmente falto de competitividad, por la baja formación de la mano de obra empleada, su mínima productividad, la competencia desleal que conlleva, la ausencia de innovación, etc. 


viernes, 10 de mayo de 2013

La "economía sumergida" y el "tax gap", ¿hay soluciones?

Domingo Carbajo y Santos M. Ruesga - artículo publicado en La verdad (4 de mayo de 2013)

Los últimos datos sobre la economía española no dan pie sino para la desesperanza. Con un índice de paro del 27,16% y un volumen absoluto de 6.207.700 personas desempleadas, según la última Encuesta de Población Activa relativa al primer trimestre del ejercicio en curso, el drama nacional no cesa de crecer.

Los estudiosos y los medios de comunicación siempre han encontrado una doble respuesta a la ausencia de graves conflictos sociales latentes tras estos datos: la red de apoyo familiar y la "economía sumergida". La primera ha permitido que nuestros jóvenes y muchos desempleados ya entrados en años, hayan podido seguir subsistiendo, gracias a la contribución económica de su entorno familiar; la segunda significaría sostener con su empleo irregular y sus salarios negros, sin pagos de impuestos ni contribuciones a la Seguridad Social, un nivel de vida siquiera de subsistencia, ocultando cualquier planteamiento de revuelta o crítica social.

Foto: Nacho Pérez
Y los datos parecen avalar este segundo recurso ante el problema social del desempleo. Así, diferentes estimaciones acerca de la relevancia de la "economía sumergida" en España, sitúan sus cifras en el entorno del 20 al 25% del Producto Interior Bruto; es más, las evaluaciones más recientes (CES, 2013; Ruesga Benito, Santos, 2012) afirman que la crisis económica no ha hecho sino aumentar el citado porcentaje, lo que supondría una correlación directa entre la disminución del PIB y el aumento de la relevancia de la "economía sumergida".


martes, 23 de octubre de 2012

Nuevas medidas de lucha contra el fraude fiscal

Domingo Carbajo Vasco - Augusto Plató

A. EL MARCO GENERAL DE LAS DISPOSICIONES 

En un contexto de crisis sistemática, con una economía real que sigue desplomándose en este ejercicio 2012 (se estima que el PIB del tercer trimestre descenderá otro 0,4%) y no parece que tenga perspectivas de recuperación para el año 2013 (las estimaciones del Gobierno, incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para este año, que auguran un descenso interanual del PIB del 0,5%, son consideradas unánimemente como excesivamente optimistas), resulta lógico que muchos trabajadores y autónomos entren en la “economía sumergida”, como única fórmula de supervivencia para recuperar o, al menos, conservar mínimamente el poder adquisitivo perdido. 

Además, las medidas fiscales del Gobierno, tendentes a obtener ingresos públicos a cualquier coste e incrementando fuertemente la presión fiscal, reducen los márgenes de los empresarios, minoran las rentas de los trabajadores y, en general, dañan al consumo y cualquier posibilidad de recuperación económica, con lo que, siquiera en términos de equivalencia, hacen “más rentable” el fraude fiscal. 


Si a esto añadimos el convencimiento generalizado (tal y como reflejan las encuestas e informes de la Sociología Financiera, caso de las encuestas elaboradas por el Instituto de Estudios Fiscales) de que las clases dominantes apenas pagan impuestos (recuérdese que las SICAV, donde se concentran los grandes patrimonios, pagan un ridículo 1%) y la “estupenda idea”, por llamarla de alguna manera, totalmente contraria al principio constitucional de la obligación de contribuir de forma general, de otorgar una amnistía fiscal, eufemísticamente denominada “declaración tributaria especial”; no es de extrañar que, como contrapartida, y también para obtener nuevos recursos, este Gobierno “de derechas” haya planteado un elenco de medidas de lucha contra el fraude cuya implantación no hubiera sido imaginable bajo el régimen anterior (pretendida y mentirosamente “de izquierdas"). 

jueves, 5 de enero de 2012

Potenciando la lucha contra el fraude fiscal

LAS ADENDAS A LOS CONVENIOS AEAT-SEGURIDAD SOCIAL Y AEAT-INSPECCIÓN DE TRABAJO

En sociedades modernas, complejas y con un amplio desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (las omnipresentes TIC), la única manera operativa de controlar los flujos de operaciones económicas de cualquier tipo (rentas del trabajo, rendimientos del capital, ventas, prestaciones de servicios, etc.) que se producen entre los agentes económicos, es disponer de una amplia Base de Datos informática que, cruzando diversas fuentes de información, permita automáticamente exponer contradicciones entre las mismas, desvelando omisiones e infracciones de naturaleza tributaria o social. 

Pues bien, este modelo de compartir Bases de Datos ha sido objeto de un relevante impulso en nuestro país, en el marco del “Plan de Prevención del Fraude Fiscal”, mediante la firma de dos acuerdos: el “Convenio de Colaboración entre la Agencia Estatal de Administración tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la prevención y corrección del fraude fiscal y a la Seguridad Social”, de 19 de julio de 2009 y el “Convenio de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social en materia de intercambio recíproco de información y gestión recaudatoria”, de 20 de mayo de 2009. 

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