jueves, 20 de marzo de 2014

El precariado

José Manuel Lasierra y Santos M. Ruesga
Artículo publicado en El periódico de Aragón



Los efectos de la crisis y las políticas aplicadas han modificado, ya de forma profunda, la estructura de nuestro mercado laboral, tanto en la cantidad de empleo como en su calidad. Las consecuencias de estas reformas sobre la organización social no van a ser pequeñas y ya se están manifestando en forma de claro incremento de la pobreza y de las desigualdades sociales.

El modelo laboral de la posguerra, en el pasado siglo XX, empezó a resquebrajarse nada más comenzar la salida de la crisis de los años ochenta. Se trataba de un modelo caracterizado por la estabilidad en el empleo, una mejora de las condiciones laborales, en cuanto a horas de trabajo y derechos y garantías en el trabajo y un crecimiento continuado de los ingresos salariales.

El progresivo deterioro de este modelo comenzó a manifestarse con el desempleo masivo, el crecimiento de la temporalidad y los empleos a tiempo parcial o los regulados por la legislación mercantil y no por la laboral. En poco tiempo, estos trabajadores "atípicos" alcanzaron en nuestro caso una tercera parte de la población ocupada. Desde algunos sectores académicos, se consideraba que esa dualidad, entre trabajadores fijos y precarios, era lo que causaba los desajustes en nuestro mercado de trabajo, confundiendo el efecto con la causa. Las empresas no contrataban porque estos trabajadores tenían muchos derechos, se decía, y recurrían a trabajadores temporales, fáciles y baratos de despedir, lo que a su vez, en ese estado de precariedad, les llevaba a no adquirir formación y a enquistarse como una mano de obra poco productiva. Es decir, una especie de trampa de la pobreza en la que cuando caes ahí, te acomodas y no sales de ella. Nuestra percepción de esa dualidad es otra. No contribuía a generar tal desempleo, en tanto que mantenía un importante núcleo de dos terceras partes de la población en trabajos estables, con unas condiciones aceptables. Además, el modelo ofrecía la posibilidad de que los trabajadores temporales pasasen a ese segmento de empleos mejores y más estables.

Foto: Nacho Pérez.

jueves, 13 de marzo de 2014

Desequilibrios macroeconómicos, ¿ya no son excesivos?

Laura Pérez Ortiz - Universidad Autónoma de Madrid y Augusto Plató

El pasado 5 de marzo, la Comisión Europea dio a conocer los resultados de la revisión macroeconómica (el tablero de desequilibrios macroeconómicos), en el marco de la nueva gobernanza europea (de la que ya hemos hablado aquí y aquí). Para evitar que se vuelvan a producir los fuertes desequilibrios macroeconómicos que algunos países de la Unión Europea presentaban en el periodo previo a la crisis financiera desencadenada en 2008, se estableció este nuevo mecanismo de supervisión, con el fin de detectar de forma temprana los posibles desequilibrios y corregir con antelación las deficiencias.

Se pretenden vigilar desequilibrios no solo de las cuentas nacionales (para eso ya está el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y el Procedimiento de Déficit Excesivo correspondiente), sino los relacionados con burbujas inmobiliarias, desequilibrios en las balanzas por cuenta corriente, desequilibrios por cambios en los niveles de competitividad… (se pueden consultar aquí los indicadores considerados, que incluyen los referentes a equilibrio externo, competitividad y equilibrio interno).

En palabras de la Comisión, “cuando los Estados miembros crucen los umbrales de alerta, la Comisión llevará a cabo estudios exhaustivos para analizar si los desequilibrios son perjudiciales y, en caso necesario, emitirá recomendaciones”.

Pues bien, como decía, el pasado 5 de marzo, la Comisión publicó los resultados de este tablero de desequilibrios de una buena parte de los Estados Miembros. Sólo hay tres países sin desequilibrios (Luxemburgo, Malta y Dinamarca), mientras hay 14 países que mantienen desequilibrios, en tres casos, considerados excesivos por la Comisión (Croacia, Italia y Eslovenia).

La noticia que los medios de comunicación han reseñado es la salida de España del grupo de países con desequilibrios excesivos (a pesar de mantener fuertes desequilibrios en algunos aspectos clave, como es el mercado de trabajo, y sin profundizar en las causas de los desequilibrios que, aparentemente, se van solventando). Por otra parte, a algunos también les ha llamado la atención la inclusión de Alemania (a menudo utilizada como ejemplo a seguir) entre los países con desequilibrios, en este caso, por un superávit en la balanza por cuenta corriente.

Vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre estos dos países.

Explicando algunos desequilibrios: por exceso

En el caso de Alemania, se señala el excesivo superávit de la balanza por cuenta corriente. En este punto, conviene recordar que los desequilibrios lo son superar, por arriba (superávit) el equilibrio, como por no alcanzarlo, por abajo (déficit). Muchas veces se asocia un superávit con una situación económica boyante, pero en realidad, no deja de ser un desequilibrio (fuera del equilibrio). El persistente superávit de la balanza por cuenta corriente alemana lo que indica es una persistentemente débil demanda interna: los recursos no se asignan adecuadamente y se invierten los ahorros en el exterior.

Alemania sigue dependiendo del resto de países para crecer económicamente. ¿Y si los demás no crecemos? Pues ahí es donde aparece el problema: no tiene capacidad interna suficiente para absorber su producción, lo que puede derivar en una presión a la baja de los precios en el interior del país (¿les suena de algo el miedo a la deflación que tanto se oye últimamente?). Por tanto, la Comisión propone que se adopten las medidas necesarias para fortalecer el crecimiento interno, impulsando la inversión (tanto en el ámbito público como privado) en capital físico y humano, favoreciendo el crecimiento potencial de la economía alemana. ¿Se parece en algo esto a las políticas de austeridad y contención del gasto que tanto predica Alemania para los países del Sur? No, en absoluto, más bien, todo lo contrario: es lo que se llama expansión de la demanda agregada, en este caso, en su vertiente interna.

Explicando algunos desequilibrios: por exceso

Bien distinta es la situación española, no porque no haya mejorado en la corrección de algunos (recalco, algunos) desequilibrios, véase el de la balanza por cuenta corriente, sino porque estos tienen otra orientación. Si Alemania mantiene un persistente superávit, en España hemos tenido tradicionalmente déficit, especialmente significativo desde el periodo previo a la crisis.

Y en el último año (atención, sólo un año, cuando los umbrales del tablero requieren la media de los últimos 3 años), el saldo de la balanza por cuenta corriente más la balanza de capital (lo que nos indica la capacidad o necesidad de financiación de una economía frente al exterior) ha cambiado de signo, ha dejado de ser negativo y se sitúa en el 1,4% del PIB (ojo, con los últimos datos publicados del PIB).


jueves, 6 de marzo de 2014

Reforma fiscal y economía sumergida

Domingo Carbajo Vasco, Inspector de Hacienda y Santos M. Ruesga, catedrático Economía Aplicada, Universidad Autónoma de Madrid
(publicado en La Verdad, el 16 de febrero de 2014)

En las últimas semanas hemos asistido, con cierta indiferencia, al lanzamiento por parte del Gobierno de varias cortinas de humo relativas al contenido de la Reforma Fiscal que, preparada por una Comisión dirigida por el profesor Manuel Lagares, va a diseñar el nuevo sistema tributario español.

En principio, trataron de convencernos de que lo “ideal” sería minorar algo la carga tributaria que recae, sustancialmente, sobre las rentas del trabajo en el IRPF, a cambio de un nuevo incremento en la alícuota estándar del IVA, que pasaría del 21 al 23%, junto con simultáneos aumentos de las tasas reducidas y súper reducidas de este gravamen. 

Es evidente que tal propuesta (aunque mucho nos tememos, acabe pronto en realidad) fue objeto de feroces críticas; no sólo porque la mencionada reducción no era sino un retorno a la situación de 2011, sino que, como la realidad ha demostrado, aumentos sucesivos en las tasas del IVA no hacen sido reducir el famélico consumo interno español, agostado por la crisis.

Por otra parte, la experiencia de los últimos años no hace sino reflejar la cruda realidad de una típica crisis fiscal del Estado Español: la caída en la actividad económica se ha traducido en una profunda disminución en los ingresos públicos, apenas paliada por aumentos en las tasas y reducciones en los beneficios fiscales, los cuales se han traducido en recaudaciones menores de las esperadas, demostrando que nuestro sistema tributario está agotado y que ya los errores de la Política Fiscal anticrisis de los gobiernos de Zapatero, desde el absurdo de los 400 euros hasta el desastre de centrar la recaudación en una actividad inmobiliaria, cuando menos volátil, pasando por la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio, han dejado el pretendido “sistema” tributario español hecho unos zorros y exangües las arcas públicas.

Por ello, es hora de dejar en un segundo plano las modificaciones en tipos, beneficios fiscales y alteraciones de la estructura impositiva, sin negar la importancia de que la Reforma Fiscal incida también en estos parámetros del sistema, y volver los ojos hacia el problema fundamental y básico del mismo: la falta de generalidad, el hecho incontestable de que muchas capacidades económicas no contribuyen, vía evasión, fraude o, en el caso de las grandes empresas y elevados patrimonios, mediante sofisticadas fórmulas de planificación fiscal agresiva, a la satisfacción de los gastos públicos, como exige el artículo 31.1 de la Constitución Española.

En ese sentido, lograr que los importantes recursos ocultados por la economía ilegal (narcotráfico, prostitución, contrabando y blanqueo de capitales) y la economía sumergida (con sus corolarios de comisiones ilegales, corrupción, etc.) contribuyan al Fisco, es una prioridad y lo es tanto por razones recaudatorias como económicas y de carácter social, pues estas modalidades de economía ilícita dañan los fundamentos del Estado Social y democrático de Derecho, generan marginación, desigualdad, empleo ilegal, explotación de las mujeres y todo tipo de actividades delictivas.

Ahora bien, eliminar tales actividades asociales no conlleva ni debe consistir exclusivamente en plantear nuevas medidas represoras y punitivas. No tiene sentido, como la experiencia ha demostrado, tratar de terminar con el narcotráfico con más prohibiciones y más medios policiales, sino que es preciso, asimismo, incorporar disposiciones incentivadoras y de regulación, las conocidas en la doctrina anglosajona como “command and control measures”, por ejemplo, legalizar la producción y el comercio de determinadas drogas blandas, con el subsiguiente control fiscal y aumento de recaudación.

Por el lado de la economía sumergida, que puede suponer entre el 22 y el 28% del PIB español (según concluimos en un estudio que recientemente hemos realizado ambos), también hay que introducir incentivos al afloramiento de la actividad e instrumentos que hagan menos beneficiosa la ocultación, en especial, la generalización de los medios electrónicos de pago, mayores restricciones a los pagos en efectivo y la supresión de los billetes de 200 a 500 euros; incluso la deducción en el IRPF de los pagos por servicio doméstico puede explorarse como vehículo para el afloramiento de trabajo oculto en este sector laboral, aunque manifestamos, “a priori”, nuestro escepticismo al respecto.

En suma, es tiempo de plantearse un nuevo sistema fiscal español, pero lo primordial a discutir no debe ser su estructura jurídica, sino su aplicación y su generalidad. Sin lograr que “Todos” contribuyamos al gasto público, la próxima Reforma Tributaria, por muy bien que se construya, técnicamente hablando, se sustentará sobre tierra mojada.

jueves, 27 de febrero de 2014

Europa y la pobreza de sus ocupados

Elena Cachón - Universidad Autónoma de Madrid - Augusto Plató

"Desafortunadamente, no podemos decir que tener un trabajo sea equivalente a tener un nivel de vida decente". Así de rotundo se mostró el Comisario de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, László Andor, el pasado 21 de enero, en la presentación del último informe anual de la Comisión Europea sobre la situación social y laboral en la Unión Europea (Employment and Social Developments in Europe 2013). Andor alertó sobre la precarización laboral y la escalada del número de trabajadores europeos en riesgo de pobreza debido a los recortes salariales, las reducciones de jornadas laborales y la extensión de la contratación temporal, como consecuencia de la crisis económica en Europa. La tasa de riesgo de pobreza o exclusión social, conocida como tasa AROPE (At Risk of Poverty and/or Exclusion), sitúa a la población en riesgo de pobreza o exclusión social si está en alguna de estas situaciones: en riesgo de pobreza (60 por ciento de la mediana de los ingresos por unidad de consumo), en carencia material severa (con carencia en al menos 4 conceptos de una lista de 9, por ejemplo, no poder pagar el alquiler o comprar determinados bienes de consumo básico) o pertenecer a hogares sin empleo o con baja intensidad en el empleo, que son aquellos en los que sus miembros en edad de trabajar lo hicieron menos del 20 por ciento del total de su potencial de trabajo durante el año de referencia.

Fuente: Augusto Plató a partir de Eurostat.
Por otro lado, analiza el impacto de las prestaciones sociales y las prestaciones por desempleo sobre las posibilidades de conseguir un puesto de trabajo. Y su conclusión es clara: en igualdad de condiciones, las personas que reciben prestaciones por desempleo tienen más posibilidades de conseguir un puesto de trabajo que las que no las reciben. Según los resultados de su análisis, los sistemas de protección por desempleo ayudan a mejorar la adecuación y las capacidades a las demandas del mercado de trabajo, de manera que se pueda acceder a un puesto de trabajo de mayor calidad, y de este modo salir de la situación de riesgo de pobreza.



jueves, 20 de febrero de 2014

Camuflando la precariedad

Ana I. Viñas Apaolaza - Augusto Plató

El día 12 de febrero se han cumplido dos años de entrada en vigor de la reforma laboral. Con el RDL 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral se introducen cambios relevantes en la regulación de nuestro mercado de trabajo; entre ellos, nace el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores

La justificación de su creación resulta difícil de explicar. Su propio nombre, “contrato de emprendedores”, y su finalidad resultan confusos … ¿apoyar la creación de empleo en las pymes mediante bonificaciones e incentivos fiscales?, ¿el fomento de la contratación estable a tiempo completo?, ¿incentivar la contratación de jóvenes?, ¿de desempleados? …

Después de dos años, un par de cuestiones quedan claras. La primera es que este contrato ha sido la cortina para tapar que la indemnización por despido se igualaba en todos los contratos indefinidos a partir del 12 de febrero de 2012. Nunca más los 45 días por año trabajado. Máximo, 33. 

Y dos, se produce una extensión hacia un eterno periodo de prueba que en estos contratos queda ampliado hasta el año. Inexplicable, pues esta decisión da lugar a que determinadas empresas usen el contrato con un coste de indemnización nulo, y, claro, inferior al de los contratos temporales. Sólo han pasado dos años, pero por desgracia, a día de hoy, carecemos de estadísticas que nos hablen de su duración y supervivencia.

Y es que es difícil evaluar el uso y la trayectoria de los contratos de emprendedores. Las estadísticas disponibles brillaron por su ausencia hasta casi medio año después y, desde entonces, sólo están disponibles en una serie aparte que ofrece el SEPE en su web. Algo que plantea serios problemas si lo que se pretende es analizar en profundidad la evolución de este contrato. 

Foto: Nacho Pérez.

jueves, 13 de febrero de 2014

Las nuevas bases de cotización a la Seguridad Social. Algunas reflexiones

Domingo Carbajo Vasco - Augusto Plató


1. Nota previa

El Real Decreto-Ley 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, ha supuesto un nuevo hito en esta reforma laboral que, iniciada hace ya algunos años por el impulso de las autoridades europeas, pretende, simplemente, agudizar la denominada “devaluación interna”, es decir, la reducción del salario real, la precarización (en el lenguaje dominante, “flexibilización”) de las condiciones de trabajo y, en general, el retorno a un mercado de trabajo propio de la Inglaterra victoriana del siglo XIX.

Sin embargo, el interés que este Real Decreto-ley tiene para el Derecho Laboral, por ejemplo, en materia de modalidades contractuales, ha sido oscurecido por una modificación normativa que contiene la norma; en principio, totalmente ajena al contenido del mismo, tan ajena que, no sólo nada se dice en la rúbrica del Real Decreto-ley al respecto, sino que la Exposición de Motivos (instrumento esencial para comprender la voluntad del legislador y los propósitos que le impulsan a cambiar el Ordenamiento) silencia toda referencia al respecto.

Nos referimos a la Disposición Final Tercera del citado Real Decreto-ley, cuyo contenido altera la redacción del artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, relativo a la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.

2. Modificación del artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social

La mencionada modificación, con entrada en vigor inmediata desde la fecha de implantación del citado Real Decreto-Ley, 22 de diciembre de 2013 y, en consecuencia, con efectos para la liquidación de las cotizaciones de enero de 2014, supone básicamente que una serie de retribuciones en especie, las cuales, anteriormente, estaban exentas de cotizar a la Seguridad Social, pasan a estarlo y que otras partidas que también constituían retribuciones en especie, pero que sólo estaban sometidas a cotizar a partir de determinados parámetros, pasan también a estar totalmente gravadas.

En realidad, lo que se hace es algo lógico, coherente y justo: que tribute por las cotizaciones a la Seguridad Social el salario íntegro. Debe ser, en principio, indiferente si este salario se cobra en dinero o en prestaciones “in natura”, en especie; es más, desde el punto de vista del trabajador, en principio, cuanto más se aproxime la base de cotización al salario íntegro, mayores prestaciones de Seguridad Social devengará en el futuro.

En otro orden de cosas, se acabaría así con una técnica creciente, de origen fiscal, las llamadas “flexibilizaciones” de las retribuciones. Como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF), las retribuciones en especie son también rendimientos del trabajo (ver artículos 42 y siguientes de su Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF) y muchas de estas retribuciones (con justificaciones variopintas) estaban exentas (cursos de formación, aportaciones a instituciones de previsión social, por ejemplo) o disponían de importantes beneficios fiscales (retribuciones indirectas de vales-comida que estaban exentas hasta 9 euros al día, transportes colectivos al lugar de trabajo, que estaba exenta hasta 1.500 euros/año, etc.), muchas empresas estaban trasladando retribución dineraria a retribución en especie.

De esta forma, por un parte, reducían la progresividad del gravamen sobre las rentas del trabajo (el tipo de retención, para que nos entendamos), pues las cantidades de retribuciones en especie no tributaban o lo hacían con generosas exenciones (los seguros de enfermedad del trabajador, cónyuge y familiares directos no tributaban hasta 500 euros por persona/año, por hacerse una idea de la ventaja fiscal).

Así los trabajadores recibían más ingresos netos y su salario efectivo aumentaba; además, la empresa hacía “Política Social”, es decir, distribuía su retribución salarial de la “manera más ventajosa” (fiscalmente hablando) para su trabajadores.

Es más, como los grandes beneficiados de este “beneficio fiscal” eran los directivos y trabajadores de alta remuneración, porque sobre sus salarios dinerarios elevados repercutía directamente la progresividad del impuesto, el hecho de que estos obtuvieran una parte sustancial de su salario en especie, permitía a la empresa aumentar sus retribuciones, sin coste fiscal. A los trabajadores del “montón” se les daban vales comida y a correr…

En desarrollo de esta estrategia de “flexibilización” y Política Social empresarial (sic), se llegó al rizo de aprovecharse de la deducción del IVA (muy discutible) de ciertos bienes y mercancías y se estaba ofreciendo a los trabajadores que compraran todo tipo de productos, verbigracia, electrodomésticos y viajes, a través de la empresa, como parte de su salario (hasta el 30%).

Si, como colofón, tales partidas retributivas no pagaban cotizaciones a la Seguridad Social (cosa que, además, a los altos directivos, sometidos a bases máximas de cotización, no les servía para nada), entonces, todo el mundo (empresarios y trabajadores de altos, medios y bajos salarios) contentos y, además, se hacía “Política Social” en la empresa…Sólo que la Seguridad Social perdía recursos.

3. ¿ Triste y solitario final?

Todo era muy bonito, un cuento feliz en un Reino de Hadas, pero resulta que la crisis ha hundido la base de cotizantes a la Seguridad Social y ha reducido las bases de cotización (salarios más bajos) y, señores, hay que recaudar.

Por ello, como el principio fundamental ahora en la Seguridad Social y en la Hacienda Pública es el de suficiencia, se ha aproximado la base de cotización de la Seguridad Social al salario real, integrando muchas retribuciones en especie (siguen existiendo excepciones) o eliminando las exenciones. Todo ello para obtener 900 millones de euros más.

Sólo que esta medida se ha hecho con precipitación y alevosía (“extraordinaria y urgente necesidad”, como presupuesto habilitante del Decreto-Ley, dice el artículo 86.1 de la Constitución Española), sin diálogo social y en plena contradicción (una más) de lo que dice el propio PP apoyar; por ejemplo, si quieres potenciar los planes “privados” de pensiones, ¿los vas a gravar como cotizaciones a la Seguridad Social?

Por ello, además de dar tiempo para rectificar las liquidaciones, sin mora ni sanción (ver la Resolución de 23 de enero de 2014 de la Tesorería General de la Seguridad Social, BOE de 31) hasta el 31 de mayo, se ha puesto en marcha un proceso negociador.

El resultado previsible: que ciertas retribuciones en especie sí se integrarán definitivamente en la base de cotización a la Seguridad Social y otras (nos tememos que las de menor impacto social: caso de las entregas de acciones y “stock options”) seguirán fuera, debido a las presiones de la patronal.

Lo sorprendente es que los sindicatos sólo hayan visto aspectos negativos en esta medida, en vez de analizarla con mayor rigor y plantearse, de una vez por todas que a los trabajadores no les beneficia que sus salarios se cobren en especie (¿aplicaremos la política de “tiendas de raya” del Porfirato o las Minas de la Unión, como ejemplo de Política Social?), siempre menos transparentes y difíciles de valorar y que, además, ya va siendo hora de que, en el IRPF, se acabe con la “exclusión” de importantes cuantías de rentas del trabajo, las cuales, en general, sólo benefician a salarios altos y a trabajadores de grandes empresas, mientras que el ciudadano de a pie tributa hasta el último céntimo de euro.

jueves, 6 de febrero de 2014

Paro estructural y fomento de las políticas activas de empleo

Manuel Pérez Trujillo - Universidad Autónoma de Madrid - Augusto Plató

Aunque parece que lo peor de la recesión (en cuanto al crecimiento económico) ha pasado, según apuntan diversas fuentes próximas al Gobierno y también algunos organismos internacionales (como, por ejemplo, el FMI), en estos momentos toca hacer frente a las secuelas de la crisis y, en especial, abordar el problema del desempleo. 

En España ha existido (y existe) un gran debate acerca de los grandes problemas que han supuesto las rigideces institucionales (siendo apuntada directamente la negociación colectiva) para el correcto ajuste del mercado laboral en la recesión. El argumento planteado considera que estas rigideces han evitado el correcto ajuste salarial necesario para absorber el impacto de la recesión sobre el mercado laboral y, por tanto, han potenciado el ajuste vía empleo.

Sin embargo, a pesar de que estas rigideces pueden explicar parte de la destrucción de empleo durante la recesión, también es necesario abordar el problema desde un enfoque estructural para alcanzar una completa explicación de la situación actual en el mercado de trabajo. Cabe destacar que durante la recesión no todos los sectores han sufrido con igual intensidad el impacto de la crisis sobre el nivel de empleo y, por tanto, su aportación al paro total no ha sido equivalente. Desde el comienzo de la crisis económica (iniciada con la desaceleración acontecida en el cuarto trimestre de 2007) hasta la actualidad (cuarto trimestre de 2013) sectores como la construcción y el sector inmobiliario han experimentado un descenso de la ocupación en términos relativos del 64,2 y 90,6 por ciento, de forma respectiva, lo que equivale al 71,8 por ciento de la destrucción total de empleo en este periodo y refleja la importancia de la burbuja inmobiliaria en el mercado laboral. Ambos sectores destacan por ocupar una mano de obra de media-baja cualificación, que dificulta su movilidad hacia otras actividades económicas. Este hecho hace que el tiempo en el desempleo para los parados procedentes de estos sectores sea mayor y, por tanto, se incremente el riesgo del paro estructural. 


viernes, 31 de enero de 2014

Dualidad y prestación por desempleo: siguen apretando

Julimar da Silva Bichara- Universidad Autónoma de Madrid - Augusto Plató

¡Por favor, echen un vistazo a las tasas de paro de los países desarrollados no Euro y su evolución desde 2010!

La Comisión Europea y el Fondo Monetario Internacional (FMI), dos organismos cuyos dirigentes no hemos elegido democráticamente y que, por lo tanto, no tienen legitimidad democrática, vuelven a “proponer” nuevas medidas de ajuste restrictivas a los españoles, con la excusa de que son necesarias para reducir el desempleo en España. Vuelven, una vez más, con el mismo cuento: que el problema del paro es un problema de oferta; que los trabajadores españoles siguen siendo muy costosos y que, por lo tanto, es necesario reducir esos costes. Insisten, una vez más con la famosa dualidad del mercado de trabajo español, como si sólo existiera en España, y ahora, además, presionan para reducir la prestación por desempleo. 

Para empezar el análisis, es importante definir adecuadamente lo que significa la dualidad del mercado de trabajo para entender lo que quieren decir los policy makers cuando proponen más reformas para reducir la famosa dualidad del mercado laboral español. Los análisis sobre los determinantes y efectos de la dualidad del mercado de trabajo surgen, fundamentalmente, de las ideas de Michael Piore y Peter Doeringer. Ello básicamente significa que no existe un único mercado de trabajo, sino que existirían múltiples mercados de trabajo que funcionarían con características diferentes. Existen múltiples determinantes para dicho fenómeno, tanto desde el lado de la demanda, como de la oferta y de la regulación de las relaciones laborales. Por ejemplo, podrían generar diferentes mercados de trabajo las diferencia de tamaño de las empresas, de nivel de intensidad tecnológica, de cualificación de los trabajadores, la regulación laboral, el ámbito de cobertura de la negociación colectiva, etc.

La teoría institucionalista que fundamenta y explica ese comportamiento diferenciado de las relaciones laborales caracteriza la dualidad del mercado de trabajo, a modo de resumen y para simplificar el análisis, en dos mercados: el primario y el secundario. Para no extendernos (los interesados en profundizar en el tema se recomienda una lectura del capítulo 4 del libro de Economía del Trabajo y Política Laboral de Santos M. Ruesga), el mercado primario estaría formado por los buenos puestos de trabajo, es decir, trabajos más estables, con posibilidad de trayectoria ascendente, de elevada productividad, grandes empresas y, por lo tanto, mayores salarios, un uso intensivo de la tecnología, con una cierta protección por parte de la negociación colectiva y también de capital humano y una demanda más estable. Por otro lado, el mercado secundario, estaría formado por los puestos de trabajo más precarios, de baja productividad, bajos salarios, poca perspectiva de ascensión profesional, pocas exigencias de formación, pequeñas empresas, poca o ninguna cobertura de la negociación colectiva y una demanda más inestable. 


martes, 28 de enero de 2014

VI Jornadas de Docencia en Economía

La Universidad del País Vasco (UPV-EHU) organiza las VI Jornadas de Docencia en Economía que se celebrarán los días 12 y 13 de junio de 2014, con el objetivo de promover un espacio para la reflexión y el intercambio de experiencias docentes entre profesores.


El programa previsto comprende mesas redondas y conferencias sobre la importancia de la enseñanza de la Economía, además de sesiones paralelas sobre metodologías docentes en Macroeconomía, Microeconomía, Econometría, Estadística y Matemáticas para la Economía; así como experiencias docentes orientadas a cumplir las exigencias del Espacio Europeo de Enseñanza Superior y sobre la Economía que se imparte en Educación Pre-universitaria. El éxito de las ediciones anteriores de estas Jornadas confirma que la cooperación en el terreno docente constituye una experiencia enriquecedora para todos los participantes.

Desde la organización, nos animan a participar en estas Jornadas, recordándonos que la fecha límite para enviar los trabajos es el 1 de marzo de 2014. Las comunicaciones recibidas serán sometidas a un proceso anónimo de selección por parte del Comité Científico de cada materia y la resolución sobre su aceptación será comunicada el día 1 de abril. Los trabajos aceptados se incluirán en el programa final si los autores se registran antes del 7 de mayo.

Toda la información se puede encontrar en www.pdocencia.com/2014

jueves, 23 de enero de 2014

Sigue la destrucción de empleo

Laura Pérez Ortiz -Augusto Plató

De nuevo tenemos datos del mercado de trabajo en España, ya completo el año 2013 con la información que hoy publica el Instituto Nacional de Estadística sobre la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2013.

Llaman la atención varias cuestiones:

* el significativo descenso acumulado de la población, especialmente la más joven: desde el año 2012 está cayendo, trimestre a trimestre, el número de habitantes en nuestro país. Eso ya apunta la siguiente cuestión significativa en el mercado de trabajo

* la fuerte caída de la población activa, especialmente significativa desde el tercer trimestre de 2012: hay 443.900 activos menos desde entonces, un descenso del 1,9%, con una gran diferencia por edades: hay 238.500 activos jóvenes menos en el periodo, y 75.200 mayores de 55 años más. Por edades, la pérdida de activos se concentra especialmente en el género masculino


* esto hace que la levísima reducción del número de desempleados no se corresponda con un aumento del empleo, si no con un efecto desánimo (los trabajadores que no creen que vayan a encontrar empleo, dejan de buscarlo activamente, dejan de participar en el mercado de trabajo) enteramente

*porque no hay creación de empleo, sino destrucción: hay 65.000 ocupados menos que el trimestre anterior, un 1,2% menos si lo comparamos con el mismo trimestre del año anterior, 3.718.700 ocupados menos que hace seis años, 1.049.300 menos que hace dos años

* en este trimestre, únicamente en la agricultura hay más ocupados que en el trimestre pasado: en todos los demás sectores, la caída de la ocupación es generalizada, y sí, se sigue destruyendo empleo en la construcción: un 8,9% respecto al año anterior

* incluso, tras el impulso del gobierno al emprendimiento (juvenil), cae el número de trabajadores por cuenta propia, tanto hombres como mujeres y respecto al trimestre anterior y el año anterior

* únicamente hay un aumento del empleo a tiempo parcial, llegando ya la tasa de parcialidad al 16,3%, siendo del 8% en el caso de los hombres y del 26,3% (la más alta hasta ahora) entre las mujeres

* el aumento de asalariados con contrato indefinido es solo respecto al trimestre anterior, porque en términos interanuales se sigue recogiendo una caída del 2,5%


* de hecho, el aumento de los trabajadores más precarios, con contratos temporales y de tiempo parcial, es especialmente significativo en el caso de los hombres (un 24,6% más que hace un año): del total de asalariados, un 7,6% tienen este tipo de contrato

Os dejamos una síntesis de los datos en forma de tabla (al pinchar, se agranda).



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